21/12/2011
Seguro obligatorio que establecen los Convenios Colectivos
Les recordamos la obligatoriedad de suscribri el Seguro Obligatorio que establecen los Convenios Colectivos
Les recordamos, como en años anteriores, la obligación de tener suscrito el Seguro Obligatorio que establecen los Convenios Colectivos, para cubrir las contingencias de Incapacidad Permanente Absoluta, Gran Invalidez y muerte a favor de todos y cada uno de los trabajadores por el capital que establezca para ello particularmente cada Convenio Colectivo.
El incumplimiento por parte de la empresas de lo señalado anteiormente, constituirá infracción muuy grave en materia laboral. a tenor de los dispuesto en el art. 3.2. del R.D. 1588/99, de 15 de octubre.
Tanto en el caso de no tenerlo suscrito como en el caso de querer cambiar de Entidad Aseguradora les agradeceríamos que nos lo hicieran saber a la mayor brevedad posible, para poder gestionar todos los trámites correspondientes.
Quedando como siempre a su entera disposición para cualquier duda o consulta en lo anteriormente expuesto, aprovechamos la ocasión para enviarles un cordial saludo.
Dpto. Laboral
Gómez de la Flor Abogados